Importar azúcar
  • abril 8, 2022
  • Tania Barrera
  • 16

Con fecha 01 de julio de 2020 entró en vigor el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El T-MEC es un elemento central de la política comercial de México y un instrumento que impulsa las relaciones comerciales de nuestro país pues moderniza y amplía las reglas del comercio de bienes y servicios en la región.

Este nuevo tratado impacta de forma importante a los productores de caña y azúcar como a continuación se mostrará.

De conformidad con el ANEXO 3-B, COMERCIO AGRÍCOLA ENTRE MÉXICO Y ESTADOS UNIDOS, “Azúcar” significa azúcar cruda o refinada que deriva directa o indirectamente de caña de azúcar o de remolacha azucarera, incluida la azúcar líquida refinada.

Con el fin de impulsar el libre comercio del “Azúcar” en México y EE.UU., este nuevo tratado les ha impuesto a las misma un contingente arancelario, es decir una medida de política comercial que permite la exención total o parcial del pago de los derechos arancelarios para una cantidad determinada (Cupo) de mercancías en las importaciones.

Dicho contingente arancelario en México se establece por medio de acuerdos y/o decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo anterior en fecha 30 de junio de 2020, un día antes de la entrada en vigor del T-MEC, fue publicado en el DOF el “DECRETO por el que se establece la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de América del Norte”.

Este decreto establece las condiciones arancelarias y los mecanismos que regirán la importación de las mercancías originarias de América del Norte a partir de la fecha de entrada en vigor del T-MEC, y en su artículo quinto señala que la importación de mercancías originarias de América del Norte estarán libres de arancel siempre que se trate de mercancías calificadas de los Estados Unidos o de México, conforme al Anexo 3-B “Comercio Agrícola entre México y Estados Unidos” del Capítulo 3 “Agricultura” del T-MEC, y que el importador cuente con una declaración escrita del exportador, que certifique que las mercancías a importar no se han beneficiado del programa Sugar Reexport Program de los Estados Unidos.

Las fracciones arancelarias contempladas en este articulo relacionadas con el “Azúcar” son las siguientes:

importar azúcar

Por lo anterior si la mercancía se encuentra clasificada en cualquiera de las fracciones enlistadas con anterioridad y además se cuenta con  una declaración escrita del exportador, que certifique que las mercancías a importar no se han beneficiado del programa Sugar Reexport Program de los Estados Unidos, entonces se podrá aplicar el trato arancelario exentado el arancel (Impuesto General de Importación) de conformidad con el articulo 5 del  “DECRETO por el que se establece la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de América del Norte”.

Es importante mencionarte que la aplicación del trato arancelario no libera del pago de cuotas compensatorias por prácticas desleales de comercio internacional, establecidas conforme a la Ley de Comercio Exterior, y tampoco libera al importador del cumplimiento de medidas de regulación y restricción no arancelarias en los términos de la Ley de Comercio Exterior, la Ley Aduanera y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Por último, se resalta que las fracciones arancelarias mencionadas con anterioridad no le aplica a la importación algún cupo, los cupos solamente se han establecido para la exportación de “Azúcar” de México a EE.UU.

Esperando que esta información le sea utilidad, hasta la próxima.

Para información adicional, no dude en comunicarse con los miembros de AS Consultores.

Tania Barrera

Estudió la Licenciatura en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México, con desempeño y actualización profesional en las áreas de asesoría y litigio de las ramas de Derecho Mercantil, Propiedad Intelectual, Aduanal, Comercio Exterior, Corporativo y gestoría de trámites ante diversas dependencias.

Amante de la música y el baile.

16 comments on “¿Cómo importar azúcar a México al amparo del T-MEC?

  1. Cordial saludo.
    Tenemos un negocio en México para comercialización de Azucar Icumsa 45 , 50.000 toneladas mensuales puerto Veracruz de origen Brasil, el importador no tiene los cupos, es posible conseguirlos los cupos con ustedes y cual son los costos de nacionalización.
    Gracias por la información.
    Bernardo Santander
     +573195397601

    1. Me gustaría saber como se resolvió vuestro negocio. Dispongo de proveedores en azúcar y quisiéramos comunicarnos con ustedes. gracias

    2. Soy representante de un grupo brasileño llamado MGM grupo Caribian LTD con recidencial en tridad y Tobago contamos con disponibilidad de azúcar refino blanco para importar para México si está interesado por favor contáctenos a este número

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