Como ya todo el gremio sabe, el 29 de diciembre del año pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021, en la que se impuso, dentro de la Regla 2.7.1.9., la obligación de expedir un “Complemento Carta Porte” en los CFDI´s de Ingreso y Traslado que freight forwarders y transportistas deben emitir por la prestación de sus servicios.
Así, el SAT estableció que a través del CFDI con “Complemento Carta Porte” se acreditaría la tenencia y el traslado de los bienes y mercancías, debiendo por tanto emitirse de forma previa al inicio del viaje.
Aunque podemos vislumbrar que la intención del SAT es fiscalizar los servicios de transporte y coordinación logística teniendo una mejor y más expedita visibilidad del quehacer de los diferentes actores que prestan este tipo de servicios; en nuestra opinión, la reforma IGNORÓ por completo las particularidades de la operación, exigiendo requisitos exacerbados y que no guardan ninguna relación con la realidad de la actividad de esta industria (solicitando, por mencionar algunos ejemplos, conocer la bandera o capacidad de los buques, el detalle de cada partida de los pedimentos de importación o exportación, o el domicilio fiscal de los operadores de autotransporte terrestre).
Por supuesto que ante esta falta de claridad en los requisitos y las formas para el llenado del Complemento el gremio levantó la mano, intentando hacerle saber al SAT por medio de diversas mesas de trabajo lideradas por CANACAR y el IMECE que los requisitos y la forma prevista para este mecanismo escapaban de toda lógica.
Así, después de que 1 de mayo de 2021 el SAT publicara nueva información técnica y operativa relativa al “Complemento Carta Porte”, cada mes se siguieron publicando nuevos lineamientos, instructivos y aclaraciones al respecto, hasta que en agosto de este año, por fin, en un documento de PREGUNTAS FRECUENTES el SAT pareció retroceder en sus intentos, indicando que:
- Los freight forwarders deberán emitir el Complemento Carta Porte SOLAMENTE cuando realicen traslados con medios de transporte propios (dejando SUBSISTENTE la obligación para transportistas “puros”):
“Tratándose de los intermediarios o agentes de transporte, que presten el servicio de logística para el traslado de los bienes o mercancías, o tengan mandato para actuar por cuenta del cliente, deberán expedir un CFDI de tipo traslado al que incorporen el complemento Carta Porte y usar su representación impresa, en papel o en formato digital, para acreditar el transporte de dichos bienes o mercancías, siempre que el traslado lo realicen por medios propios, cumpliendo con lo señalado en el párrafo anterior.”
- El uso del Complemento Carta Porte será obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2021, entendiéndose que se cumpliría con esta obligación siempre que el Complemento se empiece a incorporar a los CFDIs ANTES DEL 1 DE ENERO DE 2022.
En un prinicpio, estas parecen ser BUENAS NOTICIAS.
Sin embargo, desde el 29 de septiembre de 2021, fecha en que apareció publicada en el portal del SAT la versión anticipada de la TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021, no ha habido más movimiento, ni publicación oficial alguna.
Esperábamos que saliera antes de la entrada en vigor de esta obligación, prevista para el 30 de septiembre… pero ya estamos a 15 de octubre y seguimos todavía esperando.
Por eso, la recomendación es: NO CONFIARSE.
Tomar el tema con cautela, asumir que actualmente se encuentra EN VIGOR una regulación fiscal que obliga a transportistas y frowarders, por igual, a emitir el Complemento Carta Porte; continuar con los desarrollos internos para su correcta aplicación y uso y sobre todo, estar muy atentos de las nuevas noticias.
Estoy a tus órdenes para aclarar cualquier otra duda!
No me queda claro si el intermediario realiza el traslado por medios propios entonces no se convierte en un transportista directo? Entonces si yo soy un agente de transporte que organiza la logística del cliente pero subcontrató todos los medios de transporte no estoy obligado a emitir el cfdi traslado con complemento carta porte aunque sea un intermediario ? Gracias