• diciembre 4, 2019
  • Mayra Ramírez
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El comercio transfronterizo entre México, Estados Unidos de América (EUA) y Canadá ha aumentado exponencialmente en el último año, por lo que es prudente hacer una breve síntesis sobre la regulación para que más empresas de los países vecinos accedan a participar en los Servicios de Autotransporte Internacional de Carga en México.

 

La Dirección General de Autotransporte Federal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT-DGAF) otorga un permiso para las empresas de EUA y Canadá que desean prestar Servicios de Autotransporte Internacional, que cumplan con los requisitos establecidos en México.

 

El permiso autoriza la prestación de los servicios de autotransporte internacional de carga en México, sin embargo, no permite los servicios de pasaje, transporte de materiales peligrosos, ni los servicios domésticos o de cabotaje.

  • Solicitud con precaptura de trámites por internet de la DGAF.
  • Estatutos constitutivos, acta constitutiva o artículos de incorporación de la empresa y sus modificaciones, en donde se considere la prestación del servicio de autotransporte de carga dentro del objeto social. Estos documentos deberán presentarse traducidos al español, apostillados y protocolizados por autoridad mexicana.
  • Número asignado por el Departamento de Transporte de los EUA (US DOT Number).

 

Vehículo:

 

a. Solicitud con precaptura de trámites por internet de la DGAF.

 

b. Título de propiedad, factura o contrato de arrendamiento con el que sea acreditada la propiedad o legal posesión del vehículo, que incluya año, modelo, Número de Identificación Vehicular (NIV), nombre, marca, tipo de carrocería y ficha técnica con las características del vehículo.

 

c. Registro oficial emitido por la autoridad encargada del registro de vehículos comerciales, como el Departamento de Vehículos Automotores (DMV) o el equivalente en la jurisdicción correspondiente o del International Registration Plan, en donde se muestre:

  • El nombre, denominación o razón social del permisionario.
  • El número de identificación vehicular (NIV).
  • Matrícula.
  • Número de registro.
  • Marca.

 

d. Póliza de seguro emitida por aseguradora establecida en México a nombre del solicitante que garantice:

  • Cobertura en toda la República Mexicana
  • Responsabilidad civil por 19,000 UMAs  (Unidad de Medida y Actualización)
  • Servicio Público Federal
  • Vigencia por un año
  • Comprobante de pago

 

 

e. Calcomanía vigente de la Commercial Vehicle Safety Alliance (CVSA) o certificado de condiciones físico-mecánicas, conforme a la NOM-068-SCT-2-2014.

 

f. Certificado de control de emisiones expedido por unidad de verificación de emisiones contaminantes en EUA, Canadá o en México, en cumplimiento de la normativa ambiental aplicable.

 

g. Cumplir con lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017, relativo al freno auxiliar y frenos ABS.

 

Esperando que la información proporcionada le sea de utilidad, el equipo de AS Consultores se pone a sus órdenes para ASesorarle.

2 comments on “Permiso mexicano para servicios de autotransporte internacional de carga transfronterizo.

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