Considerando que las marcas que protegen a los bienes y servicios que se comercializan, protegen no sólo los derechos de su titular sino que también son una cualidad del producto o servicio mismo, que los distingue entre los demás de la misma o similares clases. Por ello, las marcas hoy en día son bienes intangibles de preciado valor y, que incluso representan el activo más valioso de una empresa.

La importancia de las marcas reside principalmente en su valor económico y el poder de marketing que se les ha atribuido. La marca puede ser tan valiosa como la empresa misma, e inclusive superior; por lo que es imprescindible que los propietarios de las marcas tengan conocimiento de las herramientas legales a su alcance para accionar contra quienes falsifiquen sus marcas.

 

Robo de propiedad intelectual.

Ante la práctica ilícita de falsificar marcas, en México, por ejemplo las pérdidas de las empresas por esa actividad y el robo de propiedad intelectual, en 2015 eran de alrededor de 130 mil millones de pesos anuales, según la International Trademark Association (Inta, por su acrónimo en inglés).

Por ello, le presentamos un breve esquema de las acciones legales que tienen las personas o empresas propietarias de una marca, para reclamar se sancione a quienes exploten indebidamente el derecho sobre su marca registrada.

En el caso de que usted tenga conocimiento de que su marca ha sido o está siendo utilizada sin consentimiento, es importante tener en consideración que en la legislación en materia de propiedad industrial en México, se protege el derecho del Titular sobre el uso exclusivo de las marcas que tenga registradas ante el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial), mediante verificación del cumplimiento de las disposiciones en la materia.

El Titular de una marca tendría acciones legales a ejercer, que consistirían en:

  • Declaración de infracción administrativa.
  • Denuncia ante autoridad penal.
  • Demanda por daños y perjuicios.

Al ser la materia de marcas, especialidad del IMPI, para el ejercicio de la acción penal por el delito de falsificación de marca que contempla el artículo 223, fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial (LPI) sería necesario que, en primer término, el Instituto emitiera un dictamen técnico sobre la existencia de infracciones administrativas en la materia.

 

¿De qué trata?

Éste, se trata de un procedimiento que se sigue ante el IMPI, a fin de exponer y ofrecer pruebas sobre la posibilidad de comisión de infracciones conforme a la LPI por el uso de una marca registrada sin el consentimiento de su titular o sin la licencia respectiva, en productos iguales o similares a los que la marca se aplica; así como por ofrecer en venta o poner en circulación productos iguales o similares a los que se aplica la marca registrada.

En este punto, es importante considerar que para que el IMPI esté en posibilidad de declarar la comisión de infracción administrativa por uso indebido de una marca, es necesario que se haya aplicado a sus productos, envases o embalajes la leyenda: “Marca Registrada”, las siglas “M.R.” o el símbolo ®, o por algún otro medio haber manifestado o hecho del conocimiento público que los productos o servicios se encuentran protegidos por dicha marca.

 

¿Cómo se sanciona la falsificación?

Como resultado del procedimiento administrativo seguido ante el IMPI podrá sancionar al infractor con multas, clausura temporal e incluso definitiva del establecimiento donde se produzca, use, almacene, transporte o comercialicen los productos o servicios usando marcas falsificadas; independientemente de las sanciones penales que en su momento determine un Juez, que podrían ser multas y hasta prisión de 3 a 10 años.

Existe además en favor del titular de una marca registrada, el derecho a la indemnización por daños y perjuicios. Una vez que el IMPI resuelva la comisión de alguna infracción, habrá lugar a reclamar ante los Tribunales los daños y perjuicios que se hayan ocasionado al Titular de la marca, esta indemnización se calculará conforme a la LPI, en relación con el precio de venta al público de cada producto que implique violación al uso exclusivo de la marca.

Hoy en día es imprescindible para las corporaciones contar con un despacho especializado en propiedad industrial, que las acompañe y ayude en la defensa y protección de su patrimonio en materia de propiedad intelectual.

AS Consultores se distingue por ser su aliado en la defensa de sus intereses, el éxito de su negocio es nuestra carta de presentación. Acérquese con los expertos y con gusto nuestro equipo le asesorará.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de privacidad y los términos de servicio de Google.