Como es de saberse, en nuestro país fue declarada la contingencia sanitaria por coronavirus COVID-19, misma que inició el 18 de marzo.
En este sentido, en respuesta al brote del virus COVID-19 y con la finalidad de evitar la concentración de personas que pudieran propiciar la propagación del virus, atendiendo a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Secretaría de Salud, los juzgados a nivel local y federal emitieron diversos comunicados al respecto, informando en estos la suspensión temporal de sus labores hasta el 19 de abril de 2020, periodo que es susceptible de ser extendido conforme a la evolución de la emergencia.
Lo anterior quiere decir que durante el periodo señalado no se celebrarán audiencias, ni correrán plazos procesales en los asuntos radicados en los juzgados locales y federales de la República Mexicana… o dicho en otras palabras: todos los asuntos permanecerán inactivos en el estado procesal en el que se encontraban al día 18 de marzo, fecha en que fue declarada la contingencia sanitaria a causa del COVID-19.
Por lo anterior, es que todos los términos, demandas, escritos y desahogos procesales deberán ser presentados una vez que se haya declarado, de manera formal, la conclusión de la contingencia sanitaria por la que atraviesa nuestro país y el personal de los juzgados haya retomado sus labores. Mientras tanto, las audiencias, diligencias y demás comparecencias, serán reagendadas para continuar con su trámite a petición de parte.
Los únicos casos en que todo lo anterior es inaplicable, es tratándose de “asuntos urgentes”, entendiendo por estos, aquellos asuntos en los que se vea afectada la vida o la libertad de una persona, en cuyo caso los juzgados trabajan bajo el esquema de guardias y deberán dar trámite sin dilación a los asuntos que se les presenten.
De ahí que, en recomendación del que escribe, no es correcto que la población se deje sorprender por maliciosas cobranzas extrajudiciales o supuestos embargos que intenten amedrentarlo en estos días de contingencia.
Ponemos a su disposición asesoría integral jurídica ante la inminente desaceleración económica y la rescesión que se viene derivado de la emergencia sanitaria por el COVID-19, proponiendo una estrategia a la medida de sus necesidades que proteja su patriminio y el de su familia ante el eventual atraso en pagos de créditos automotrices, hipotecarios, de nómina, de PYMES o personales podrían llegar a colocarle en una situación de riesgo.
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Cordialmente,
Iván López López
AS Consultores